Autor: David Vila Viñas

Recuperar servicios tras los presupuestos de 2017

De disposiciones adicionales y empleo público

Me gustaría decir que, en los últimos meses, se ha levantado alguna polémica a propósito de un par de disposiciones adicionales de la Ley de Presupuestos Generales del Estado cuya intención es dificultar la recuperación de la gestión directa de servicios públicos por parte de las administraciones públicas. Me gustaría que estos párrafos ofrecieran una modesta aclaración al interés despertado sobre un tema relevante a pesar de su aridez pero lo cierto es que no se ha levantado ni mucha polémica ni gran interés y que esta y otras infamias tendrán su peso, por mucho que algunos plenos municipales y asambleas autonómicas, como fue el caso de la aragonesa el pasado 1 de junio, rechazaran la propuesta e incluso traten de operar en su contra.

En síntesis, las disposiciones adicionales vigésima sexta y trigésima cuarta introducen distintas limitaciones para incorporar como personal al servicio directo de las administraciones públicas a trabajadoras de las contratas que gestionan determinados servicios, en el caso de que esas administraciones pasaran a gestionarlos de manera directa. En la dura resaca del neoliberalismo, una mayoría social mucho más amplia que el tradicional círculo de fans del sector público ha entendido que prestar los servicios de manera directa es más barato, se planifica mejor, se controla más de cerca y suele repercutir en mejores condiciones laborales. Sin embargo, la recuperación contiene una dificultad práctica, aunque ni mucho menos la mayor, relativa a cuál sea la posición de los antiguos trabajadores del servicio en la nueva situación. Nuestras renombradas disposiciones les envían a los trabajadores afectados el mensaje de que no podrán ser integrados en el sector público. Les envían un mensaje de incertidumbre y de nosepuede para cortocircuitar su alianza con las admininstraciones recuperadoras, que al final boss de una financiación pública endeble y de una administración conservadora le añadirían así la mirada desconfiada de estos trabajadores.

Gobierno a distancia

Aparte del contenido, el método elegido tambiés es significativo de la época que vivimos. A inicios de los noventa, Niko Rose formuló la noción de gobierno a distancia para referirse a un conjunto de técnicas de gobierno que incidían sobre las posibilidades de acción de los otros a través de instrumentos indirectos. Gobernar desde lejos, sin tocar al gobernado. Por ejemplo, para recortar el estado del bienestar, los ejecutivos conservadores del Reino Unido, en lugar de ir mesa por mesa en los centros de servicios sociales para obligar a cada trabajadora a ser menos manirrota con las prestaciones, decidieron dar más peso a la valoración numérica resultante de rellenar un formulario cuyo contenido controlaban y distribuían de arriba hacia abajo. El resultado del formulario sustituía al método tradicional de valoración experta por parte de la trabajadora social previa entrevista. Es decir, ni atacar los fundamentos teóricos y políticos del trabajo social ni coger a cien mil trabajadoras sociales de las orejas: crear un formulario. Siguiente pantalla.

En este contexto, mecanismos de gobierno a distancia como sembrar prohibiciones en disposiciones diseminadas en leyes que tratan de otra cosa son comandos de centralización en un mundo descentralizado. De suyo no son ni mucho menos excepcionales pero hay casos, como este, en que evidencian que la realidad social pilla al Gobierno con el paso cambiado, en un tránsito acelerado de la auctoritas a la fuerza, como esos malos árbitros que intentan mantener el orden sacando muchas tarjetas. De esos árbitros la gente mayor dice que tienen un muelle en el sobaco.

A pesar del esfuerzo, el resultado es, como las acciones de nuestros gobiernos, significativo y confuso al tiempo. Signfica que el neoliberalismo ha perdido el liderazgo en un sector esencial, hasta el punto de tener que apretar el botón del pánico cada vez en más ocasiones y a mayor escala pero el resultado tampoco es concluyente. Solo una interpretación radicalmente formalista podría admitir que la autonomía de las distintas administraciones para elegir la vía de gestión de los servicios pueda condicionarse de este modo. El gobierno a distancia es el gobierno por la forma y, como es lógico, en él la forma importa. Dos disposiciones adicionales en la ley de presupuestos no son el primer anuncio tras las campanadas de Nochevieja pero tampoco es un protocolo oscuro o una ISO que apenas una minoría de implicados pueden decodificar. Cuando demasiadas regulaciones y decisiones parecen argucias, lo formal se percibe como formalista y la acción a contracorriente de gobierno como artificiosa. Dado que nada de esto hace sino apuntalar el nuevo sentido común, los efectos de las disposiciones darán lugar a un sinfín de burocracia añadida pero en último término oscilarán entre la necesidad de crear sociedades mercantiles para bordear la prohibición y la de crear nuevas categorías de personal al servicio de las administraciones para que este no se vea afectado por la prohibición porque, aunque parezca mentira, la forma, como la hierba, también se abre paso.